Reglamento del concurso de ensayo «Cinco sabios de la ciudad de La Plata»

El Círculo de Periodista otorgará el premio «Cinco Sabios Ciudad de La PLata»
El Círculo de Periodistas de la Provincia de Buenos Aires otorgará el premio «Cinco Sabios Ciudad de La Plata».
Se trata de un certamen de ensayos abierto a la comunidad educativa y público en general, el mismo tiene fecha de cierre el 31 de octubre próximo, fecha límite para la entrega de trabajos.
Se busca revalorizar la investidura de personalidades ilustres, que son parte del patrimonio de la ciudad, para que las nuevas generaciones puedan conocer de cerca a Pedro Palacios Almafuerte, Juan Vucetich, Carlos Spegazzini, Alejandro Korn y Florentino Ameghino, quienes representan una época dorada de ideas y decisiones.
Con el apoyo de la cartera educativa de la provincia, este concurso de ensayos «Cinco Sabios de la ciudad de La Plata» se propone generar conciencia acerca de hombres que dieron mucho para el país y a la vez instaurar una premiación que valoriza el trabajo, promoviendo el conocimiento y la investigación en la comunidad educativa, para incentivar a los alumnos, no solo a escribir sino también a leer. La organización del Concurso está a cargo del Comité Organizador, representado por personalidades de la cultura de la ciudad de La Plata.

Bases y condiciones:

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto establecer las bases y términos generales para la realización del Concurso de Ensayo, “Cinco Sabios de la Ciudad de La Plata”. Los participantes de este Concurso deberán sujetarse a los requisitos, bases, términos y procedimientos establecidos en este Reglamento y en la Convocatoria que al efecto emita el Círculo de Periodistas de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 2.- El Concurso tiene como objetivo promover el conocimiento de la impronta cultural y científica que los conocidos como “Cinco sabios” desplegaron en la ciudad de La Plata. Asimismo, pretende estimular y propiciar la investigación en la comunidad educativa y en particular en los estudiantes de las escuelas de Adultos, para acercar y divulgar la obra de estos hombres en la sociedad platense.

Artículo 3.- La promoción, organización, coordinación y difusión de este Concurso estará a cargo del Comité Organizador, presidido por el Lic. Reynaldo Claudio Gómez.

Artículo 4.- Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

I: Aspirante: Toda aquella persona que presenta su documentación y propuesta de ensayo, para su inscripción y posible aceptación a participar en el Concurso.

II: Comité Organizador: El Comité encargado de la organización y operación de este Concurso.

III: Concurso: El Concurso de Ensayo, “Cinco Sabios de la Ciudad de La Plata”, que será indistintamente denominado Concurso o Certamen.

IV: Convocatoria: La Convocatoria del Concurso de Ensayo, “Cinco Sabios de la Ciudad de La Plata” será emitida por el Círculo de Periodistas de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 5.- Las situaciones no previstas en el presente Reglamento serán resueltas por el Comité Organizador del Concurso y/o el Jurado Calificador de acuerdo a su competencia.

CAPÍTULO II

DEL ENSAYO

Artículo 6.- Los trabajos inscritos en este Concurso deberán elaborarse bajo el género de ensayo, entendiéndose por tal, un escrito personal en donde predomine el pensamiento crítico y objetivo del autor, basado en su propia reflexión y sustentado con juicios y argumentos contundentes que le permitan defender una postura o punto de vista frente a un tema en particular.

Es importante aquí mencionar que, del mismo, modo se aceptarán trabajos realizados en soportes audiovisuales o audio.

Artículo 7.- Los ensayos participantes deberán apegarse al tema principal con el análisis establecido por el autor.

Artículo 8.- Las presentaciones de los trabajos se pueden realizar de forma individual, mientras que para los participantes que lo deseen o consideren oportuno se aceptarán trabajos colectivos. En el caso de los trabajos escritos, los mismos no podrán extenderse más allá de los 9000 caracteres (con espacio) y deberán presentarse en hoja A4, tipografía Arial, cuerpo 14, interlineado 1,5. Tendrán una carátula e indicación del tema que trata en particular, a través de un titulado.

En tanto, los audiovisuales o de audio no podrán superar los 15 minutos de duración y se entregarán en DVD o CD.

Artículo 9.- Los ensayos inscritos en este Concurso deberán ser inéditos, es decir que no se hayan publicado en ningún otro espacio o participado en concurso similar. Los participantes deberán entregar el material en el Círculo de Periodistas de la Provincia de Buenos Aires, calle 48 Nº 530 entre 5 y 6 de La Plata, en el plazo y condiciones establecidos en la Convocatoria.

A tal fin, deberán considerar lo siguiente:

I. Ensayo original firmado exclusivamente con el seudónimo del participante, con puño y letra, en todas las hojas.

II. CD con el archivo electrónico del ensayo, rotulado únicamente con el seudónimo del participante.

III. Copia simple del ensayo.

IV. Sobre cerrado con el nombre del autor y fotocopia de documento.

CAPÍTULO III

DE LA CONVOCATORIA

Artículo 10.- La Convocatoria en la que se establecen las bases y términos para participar en el Concurso de Ensayo, “Cinco Sabios de la Ciudad de La Plata” deberá ser aprobada por el Pleno del comité. Los ensayos se presentarán de lunes a viernes, hasta el 31 de octubre de 2018 inclusive, en el horario de 9 a 15.

Artículo 11.- Las bases y términos establecidos en la Convocatoria serán de cumplimiento obligatorio.

CAPITULO IV

DE LOS PREMIOS

Artículo 12.- Los premios a los ganadores de los tres primeros lugares del Concurso, consistirá en el otorgamiento de un reconocimiento público, diploma y publicación del ensayo. Se designarán tres ganadores del Concurso: primero, segundo y tercer lugar.

Artículo 13.- Los montos económicos de los premios serán determinados por el Comité

Organizador, de acuerdo al presupuesto aprobado para tal efecto y serán publicados en diferentes vías digitales.

Artículo 14.- En caso de que el ensayo presentado por el participante resulte premiado, éste deberá ceder los derechos de autor a favor del Círculo de Periodistas para difundir la obra en los medios que considere convenientes, sin fines de lucro. Asimismo, procederá lo anterior, para aquellos trabajos que, además de los ganadores, el Jurado Calificador determine su publicación.

Artículo 15.- El participante que haya obtenido algún premio no podrá volver a participar en las siguientes ediciones de este Concurso, que tiene ahora su primera edición. Mientras que los participantes que no resultaron ganadores podrán volver a participar con un ensayo distinto al presentado con anterioridad.

Artículo 16.- Lo no previsto en la Convocatoria será resuelto por el Comité Organizador

del Concurso, siendo su determinación inapelable.

CAPÍTULO VI

DEL COMITÉ ORGANIZADOR

Artículo 17.- El Comité Organizador estará integrado por el Lic. Reynaldo Claudio Gómez, miembro del Círculo de Periodistas de la Provincia de Buenos Aires, por otros socios de la institución y docentes bonaerenses.

CAPÍTULO VIII

DEL FUNCIONAMIENTO DEL JURADO CALIFICADOR

Artículo 18.- El Presidente del Jurado Calificador tendrá las siguientes funciones:

I. Convocar a los integrantes del Jurado Calificador y presidir las reuniones.

II. Convocar a las sesiones del Jurado Calificador: instalación y definición de mecanismos de operación, deliberación para la asignación de los premios, así como aquellas que, en su caso, se requieran para su adecuado funcionamiento.

III. Definir el proyecto de orden del día de las reuniones a propuesta del Comité Organizador.

IV. Conducir las sesiones observando los principios de orden y respeto en la deliberación de los asuntos.

V. Declarar el inicio y término de las sesiones.

VI. Coordinar los trabajos del Comité Organizador del Concurso.

VII. Las demás que deriven del presente Reglamento o de los acuerdos del Jurado Calificador.

Artículo 19.- Los integrantes del Jurado Calificador tendrán las siguientes funciones y

obligaciones:

I. Asistir a las sesiones a las que sean convocados.

II. Contribuir al buen desarrollo de los trabajos del Jurado Calificador.

III. Valorar los ensayos que le sean remitidos por el Comité Organizador y emitir el dictamen respectivo, en el formato y tiempo establecido para ello.

IV. Atender los compromisos y acuerdos que sean definidos por los integrantes del Jurado en sus sesiones de trabajo.

V. Emitir su voto para la designación del primero, segundo y tercer lugar del Concurso y en los demás asuntos que se sometan a consideración del Jurado Calificador.

VI. Las demás que deriven del presente Reglamento o de los acuerdos del Jurado Calificador.

CAPÍTULO IX

DE LAS SESIONES DEL JURADO CALIFICADOR

Artículo 20. El Jurado Calificador se reunirá previa Convocatoria realizada con cinco

días hábiles de anticipación, en donde se precisará lugar y fecha de la sesión.

CAPÍTULO X

DEL PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LOS ENSAYOS Y LA DICTAMINACIÓN

Artículo 21.- Los ensayos deberán entregarse en la forma, lugar y horario que establezca la Convocatoria. El Comité Organizador, será el encargado de recibir las propuestas y acusar de recibo a los participantes, indicando: fecha, hora y nombre de quien recibe la documentación. Recibidas las propuestas, el Comité Organizador revisará que la documentación requerida se entregue en la forma establecida en el Reglamento. En caso de no cubrir los requisitos, el ensayo se tendrá por no presentado, lo cual se hará del conocimiento de los aspirantes.